Con el caso de González Brito se estrenó la doble instancia para aforados en la Corte Suprema.

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rebajó de 10 a nueve años de prisión la pena impuesta al exgobernador de La Guajira Wilmer David González Brito por corrupción electoral y le dio el beneficio por casa por cárcel.

Con el caso de González Brito se estrenó la doble instancia para aforados en la Corte Suprema.

Fue condenado por la Sala Especial de Primera Instancia el 13 de noviembre de 2018 por los delitos de cohecho por dar u ofrecer, falsedad en documento privado y fraude procesal y corrupción de sufragante.

En segunda instancia, la Sala Penal de la Corte lo absolvió del delito de cohecho por dar u ofrecer, al estimar que la Fiscalía incurrió en errores a la hora de imputar y acusar a González Brito y por esa razón le rebajó la pena.

Además, señaló que se cumplieron los requisitos para darle la detención domiciliaria.

Este caso remonta al 6 de noviembre de 2016 cuando se inscribió como candidato a la Gobernación del Departamento de La Guajira para el período 2016-2019, por la coalición entre el Partido Social de Unidad Nacional y el Partido Conservador.

Según el expediente, González Brito acordó pagarles a Silbelly Silena Solano Iguarán, concejal de Maicao, $20 millones para que le hicieran proselitismo y el resto para “gastos de logística”, de los cuales se entregaron efectivamente $11 millones.

Para condenarlo, la Corte tuvo en cuenta varias llamadas interceptadas legalmente entre el candidato y Solano, como una del 4 de noviembre de 2016 y otra en el que ella le habla del pago a un familiar.

La Corte probó que Solano Iguarán recibió $6 millones, de los cuáles gastó $4 en un evento y resto entregado a líderes.